Establecen más condiciones para el acceso al Sicad 2. Por la exigencia a las empresas del pago del ISLR, la demanda ha bajado. A las empresas se les está asignando un monto máximo diario de 50.000 dólares
Tanto empresas como personas naturales desde el pasado 10 de septiembre tienen que consignar más requisitos y según fuentes financieras, esas exigencias tienen como fin establecer más controles.
Cuando se creó ese sistema alterno de dólares en marzo de este año, el para entonces Vicepresidente del Área Económica y actual Canciller, Rafael Ramírez, dijo que no habría ningún monto prefijado, ni bandas para la paridad, y hasta aseveró que se vendería “todo lo que necesite la economía”.
Pero la tasa del sistema se ha mantenido en 49 bolívares, se han fijado topes para el acceso, la oferta de divisas no ha sido suficiente, y ahora se añaden nuevos recaudos.
A fines de julio, el ente emisor mediante circular notificó a los bancos que las empresas al momento de realizar sus peticiones en el esquema alterno tienen que consignar, además de original y copia del documento constitutivo y del Registro Información Fiscal, las últimas dos declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR).
En septiembre el Central en otra circular decidió que aquellas empresas que no hayan pagado el ISLR en dos años no podrán acudir al Sicad 2. Y ayer el instituto emisor ordenó a los bancos que deberán consultar a través de portal fiscal (del Seniat) el número de certificado que se encuentra en la declaración del tributo para verificar que se hizo el pago.
Fuentes del sector privado señalan que esos requisitos han generado dificultades a las empresas, debido a que muchas compañías por distintos motivos no han generado ganancias en los últimos dos años.
Las restricciones en la adquisición de divisas a la tasa preferencial para la compra de bienes y maquinarias, el control de precios y los problemas laborales han afectado la actividad productiva, y ello ha incidido en el pago de impuestos.
Fuentes financieras explican que uno de los argumentos dados por el instituto emisor para establecer esas condiciones es evitar que al mercado vayan empresas de maletín, pero agregan que la demanda de solicitudes ha bajado, debido a que no todas las compañías pueden cumplir el requisito del ISLR.
Comentan que a la merma de la demanda se añade que no todos los fondos solicitados por las compañías se están asignando. Apuntan que el monto máximo diario que se autoriza a los privados es de $50.000. Hace algunos meses ese tope estaba en $200.000.
Las exigencias no solo se registran con las empresas, las personas naturales también tienen que presentar más recaudos para participar en el mecanismo. Antes se exigía la presentación de dos requisitos, actualmente se tienen que entregar cinco documentos.
Lista de requisitos para comprar dólares sicad 2
El BCV informó a las instituciones autorizadas para tramitar dichas operaciones, deberán exigir a los solicitantes los documentos correspondientes según la naturaleza de la operación.
1. Para las personas naturales y jurídicas, el monto mínimo para realizar la compra de divisas corresponde a 1.000 dólares.
a) Original y copia de la cédula de identidad expedida por la autoridad venezolana competente o en su defecto original y copia del documento de nacionalización
b) Constancia de residencia en la República Bolivariana de Venezuela.
c) Original de constancia de ingresos expedida por el pagador con no más de treinta (30) días continuos de anticipación a la fecha de realización de la operación, con expresa mención de los datos de identificación del solicitante; en caso de personas naturales sin relación de dependencia, o cuyo patrono lo constituya una persona natural, deberá consignar original de Certificación de Ingresos por Contador Público, expedida con no más de treinta (30) días continuos de anticipación a la fecha de realización de la operación.
d) Copia de la última declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta
e) Original y copia del RIF
3. Estudiantes:
a) Original y copia certificada de su constancia de estudios y copia certificada de la partida de nacimiento.
b) Documentación correspondiente a la persona que financia la adquisición de divisas a beneficio del estudiante.
c) Original y copia del RIF
4. Personas jurídicas (demandantes domiciliados en Venezuela):
a) Original y copia del documento constitutivo o estatuario debidamente registrado y vigente.
b) Copia de las dos últimas declaraciones del ISLR.
c) Original y copia del RIF.
d) Últimas 2 declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR).
5. Personas jurídicas (oferentes residenciados dentro y fuera del territorio nacional):
a) Original y copia del documento constitutivo o estatuario, debidamente registrado y vigente.
b) Original y copia del RIF.
Establecen más requisitos para el acceso al Sicad 2
En dos meses el Banco Central de Venezuela (BCV) ha modificado las condiciones para el acceso al Sistema Alternativo de Divisas (Sicad 2), lo cual ya ha tenido impacto en la demanda de ese mercado.Tanto empresas como personas naturales desde el pasado 10 de septiembre tienen que consignar más requisitos y según fuentes financieras, esas exigencias tienen como fin establecer más controles.
Cuando se creó ese sistema alterno de dólares en marzo de este año, el para entonces Vicepresidente del Área Económica y actual Canciller, Rafael Ramírez, dijo que no habría ningún monto prefijado, ni bandas para la paridad, y hasta aseveró que se vendería “todo lo que necesite la economía”.
Pero la tasa del sistema se ha mantenido en 49 bolívares, se han fijado topes para el acceso, la oferta de divisas no ha sido suficiente, y ahora se añaden nuevos recaudos.
A fines de julio, el ente emisor mediante circular notificó a los bancos que las empresas al momento de realizar sus peticiones en el esquema alterno tienen que consignar, además de original y copia del documento constitutivo y del Registro Información Fiscal, las últimas dos declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR).
En septiembre el Central en otra circular decidió que aquellas empresas que no hayan pagado el ISLR en dos años no podrán acudir al Sicad 2. Y ayer el instituto emisor ordenó a los bancos que deberán consultar a través de portal fiscal (del Seniat) el número de certificado que se encuentra en la declaración del tributo para verificar que se hizo el pago.
Fuentes del sector privado señalan que esos requisitos han generado dificultades a las empresas, debido a que muchas compañías por distintos motivos no han generado ganancias en los últimos dos años.
Las restricciones en la adquisición de divisas a la tasa preferencial para la compra de bienes y maquinarias, el control de precios y los problemas laborales han afectado la actividad productiva, y ello ha incidido en el pago de impuestos.
Fuentes financieras explican que uno de los argumentos dados por el instituto emisor para establecer esas condiciones es evitar que al mercado vayan empresas de maletín, pero agregan que la demanda de solicitudes ha bajado, debido a que no todas las compañías pueden cumplir el requisito del ISLR.
Comentan que a la merma de la demanda se añade que no todos los fondos solicitados por las compañías se están asignando. Apuntan que el monto máximo diario que se autoriza a los privados es de $50.000. Hace algunos meses ese tope estaba en $200.000.
Las exigencias no solo se registran con las empresas, las personas naturales también tienen que presentar más recaudos para participar en el mecanismo. Antes se exigía la presentación de dos requisitos, actualmente se tienen que entregar cinco documentos.
Lista de requisitos para comprar dólares sicad 2
El BCV informó a las instituciones autorizadas para tramitar dichas operaciones, deberán exigir a los solicitantes los documentos correspondientes según la naturaleza de la operación.
1. Para las personas naturales y jurídicas, el monto mínimo para realizar la compra de divisas corresponde a 1.000 dólares.
“Las cotizaciones de compra y venta de divisas se harán únicamente en dólares de los Estados Unidos de América (USD), no pudiendo procesarse operaciones de compra presentadas por un monto inferior a los mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 1.000,00)”2. Personas naturales:
a) Original y copia de la cédula de identidad expedida por la autoridad venezolana competente o en su defecto original y copia del documento de nacionalización
b) Constancia de residencia en la República Bolivariana de Venezuela.
c) Original de constancia de ingresos expedida por el pagador con no más de treinta (30) días continuos de anticipación a la fecha de realización de la operación, con expresa mención de los datos de identificación del solicitante; en caso de personas naturales sin relación de dependencia, o cuyo patrono lo constituya una persona natural, deberá consignar original de Certificación de Ingresos por Contador Público, expedida con no más de treinta (30) días continuos de anticipación a la fecha de realización de la operación.
d) Copia de la última declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta
e) Original y copia del RIF
3. Estudiantes:
a) Original y copia certificada de su constancia de estudios y copia certificada de la partida de nacimiento.
b) Documentación correspondiente a la persona que financia la adquisición de divisas a beneficio del estudiante.
c) Original y copia del RIF
4. Personas jurídicas (demandantes domiciliados en Venezuela):
a) Original y copia del documento constitutivo o estatuario debidamente registrado y vigente.
b) Copia de las dos últimas declaraciones del ISLR.
c) Original y copia del RIF.
d) Últimas 2 declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR).
5. Personas jurídicas (oferentes residenciados dentro y fuera del territorio nacional):
a) Original y copia del documento constitutivo o estatuario, debidamente registrado y vigente.
b) Original y copia del RIF.
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